Devolución del Aguinaldo sin Ganancias

Devolución del Aguinaldo sin Ganancias: Medida Crucial para Trabajadores y Jubilados

Aguinaldo

Preguntas Frecuentes

1. ¿Quiénes serán elegibles para la devolución del aguinaldo sin Ganancias?

  • Todos los trabajadores en relación de dependencia y jubilados o pensionados cuyos ingresos no superen la suma equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles al 1 de octubre de 2023.

2. ¿Cómo se solicitará la devolución?

  • No es necesario realizar una solicitud, ya que la devolución se efectuará automáticamente en el recibo de haberes.

3. ¿Qué ocurre si mis ingresos superan el límite?

  • En ese caso, las retenciones habituales del impuesto a las Ganancias se aplicarán según la escala de valores correspondiente.

4. ¿Cuándo comenzará a regir esta medida?

  • La medida entrará en vigencia a partir del 1 de octubre de 2023.

5. ¿Esta medida aplica solo para el segundo semestre de 2023?

  • Sí, la devolución se refiere específicamente al segundo semestre de 2023.

6. ¿Dónde puedo obtener más información sobre estas modificaciones?

  • Puede obtener información detallada en el sitio web oficial de la AFIP o comunicándose con su entidad empleadora.

Conclusión

La decisión de la AFIP de devolver las sumas retenidas por la segunda cuota del aguinaldo a aquellos cuyos ingresos se encuentren por debajo de cierto límite es una medida que aliviará la carga financiera de numerosos trabajadores y jubilados.

Además, el aumento en la escala de valores para las retenciones del impuesto a las Ganancias es una noticia positiva para quienes perciben ingresos por cargos públicos y trabajadores en relación de dependencia. Estas medidas demuestran el compromiso de las autoridades en apoyar a los contribuyentes y promover un sistema fiscal más justo.